Segundo Acuerdo Complementario
Escrito por Administrator    Martes, 21 de Abril de 2009 10:55    PDF Imprimir E-mail
Institucional - Convenios y Acuerdos

Magneto Automotive Argentina ha manifestado su interés de sumarse a este proyecto. Participaron del acuerdo del curso además del Ministro Dr. Carlos Cuartango, el Subsecretario de Educación de la provincia de Buenos Aires, Lic. Daniel Belinche, el Presidente de Peugeot Citroen PSA, Sr. Osvaldo Baños, el Senador Provincial y Secretario General de la UOM de Tres de Febrero, Sr Raúl Ricardo Torres y el Director del Centro de Formación Profesional Nº 401 de Caseros, Sr. Gustavo Torres.

La DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, con domicilio en calle 13 entre 56 y 57 de la ciudad de La Plata, representada en este acto por su Director Gral, Profesor Mario Oporto y el MINISTERIO DE TRABAJO, representado en este acto por el señor Ministro Dr. Carlos Cuartango por una parte y la UNION OBRERA METALURGICA (SECCIONAL TRES DE FEBRERO), representada en este acto por su Secretario General, Senador Raúl Torres, y la empresa MAGNETO AUTOMOTIVE ARGENTINA, por el Lic. Fernando Puzzo, en adelante MAGNETO; se formaliza este SEGUNDO ACUERDO COMPLEMENTARIO al CONVENIO suscripto el pasado 28 de julio y del cual pasa a formar parte a todos sus efectos.

DE LA PERTINENCIA

En función de las cláusulas Primera y Quinta del Convenio de referencia, y a la voluntad manifiesta por la empresa MAGNETO a efectos de sumarse a este proyecto de calificación técnica y educación de jóvenes y adultos trabajadores, las partes suscriben el presente acuerdo complementario, que estará sujeto a los siguientes artículos:

DE LAS ACCIONES

PRIMERO: La UOM y MAGNETO formularán un proyecto educativo conjunto destinado a la calificación técnico profesional de jóvenes y adultos trabajadores del sector.

SEGUNDA: Este plan comprenderá acciones enmarcadas en Formación Profesional, Formación de Formadores y tamben el desarrollo de trayectos formativos de Nivel Terciario / Superior orientados a especiales afines a la actividad.

TERCERA: La UOM y MAGNETO se comprometen a compartir instalaciones y establecer sede de las acciones a desarrollar, en función de la conveniencia y pertinencia que se determine en cada caso.

CUARTA: La UOM y MAGNETO presentarán este plan ante los actores gubernamentales participantes a efectos que los mismos definan sus niveles de participación según sus incumbencias y en cumplimiento del espíritu y la cláusulas específicas del Convenio de referencia e implementen los actos administrativos que se requieran.

DE LOS PROTOCOLOS ESPECIFICOS

QUINTA: Las acciones concretas que resulten de la efectivización de este plan, se acordarán mediante la firma de Protocolos específicos, los cuales formarán parte del presente Acuerdo a todos sus efectos.


DE LA DURACIÓN

SEXTA: El presente Acuerdo tendrá una vigencia de tres (3) años y su renovación será automática por períodos iguales de tiempo, siempre que no medie notificación formal de rescisión por cualquiera de las dos partes.

SEPTIMA: En el caso de aplicación de lo señalado en el punto quinto, la vigencia deberá prolongarse hasta el total agotamiento de las acciones que pudieran encontrarse en desarrollo.

DE LA COMPETENCIA

OCTAVA: Las partes acuerdan que toda controversia que se suscite como consecuencia del presente acuerdo o que guarde relación con él, será sometida a la jurisdicción de los Juzgados Contencioso Administrativo de la ciudad de La Plata, haciendo expresa renuncia o cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponder fijando domicilio especial y legal; la Dirección en calle 13 entre 56 y 57 La Plata.

En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto compuestos de dos fojas útiles cada uno en la ciudad de Tres de Febrero a los 3 días del mes de noviembre de 2008.

Actualizado ( Martes, 21 de Abril de 2009 12:21 )